domingo, 14 de abril de 2013

Requisitos para trabajar en Suiza

Para poder trabajar en Suiza puedes en primer lugar quedarte en el país un tiempo determinado, según el país del que procedas, por lo que si eres de España podrás permanecer 6 meses para encontrar un trabajo, tiempo suficiente como para encontrar uno. A partir de entonces puedes quedarte un tiempo determinado, según el permiso de trabajo que puedas obtener, por lo que es básico poder conocer estos permisos y así saber el tiempo que te está permitido quedarte trabajando en Suiza.
Después de los tres primeros meses debes pedir un permiso de trabajo de tres meses y luego cuando consigas trabajo, podrás pedir un permiso dependiendo del tiempo de duración del trabajo. Tienes el permiso L, que es para trabajos que no duren más de 12 meses, por lo que es un tiempo muy interesante para hacer trabajos temporales. También tienes el Permiso B, que es para una duración de 1 año y lo puedes renovar hasta en 5 años en total, que te da la posibilidad de estar mucho tiempo trabajando.
También hay un permiso C, siempre y cuando vivas en Suiza trabajando durante 5 años, por lo que ya el C es un permiso de trabajo y de residencia, algo básico para muchas personas. Ya el permiso G sería cuando no se hace todo el trabajo en Suiza, es un caso especial. Sin duda el permiso C es el que más se da, porque muchas personas finalmente permanecen en Suiza, siempre y cuando tengan un trabajo más o menos fijo, algo que de momento es más complicado, pero posible.
 Derecho  a ejercer una actividad económica en Suiza

El 31 de mayo de 2007 concluyó el período transitorio hasta el cual Suiza podía mantener contingentes de permisos de trabajo para nuevos trabajadores procedentes de los países que inicialmente firmaron el Acuerdo entre Suiza y la Unión Europea sobre la Libre Circulación de las Personas (los ciudadanos nacionales de los países de: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Austria, Portugal, Finlandia, Suecia y Gran Bretaña).
A partir de esta fecha se ha establecido la libre circulación de las personas en los términos previstos en el Acuerdo de manera que los trabajadores por cuenta propia o ajena que deseen ejercer una actividad económica en Suiza gozan de los derechos vinculados a la libre circulación de las personas establecidos en el Acuerdo, es decir, de los siguientes:
- Derecho a entrar, residir y ejercer una actividad económica en Suiza.
- Derecho a la igualdad de trato con los nacionales por lo que se refiere al acceso a una actividad económica y a su ejercicio así como a las condiciones de vida, de empleo y de trabajo.
- Derecho a cambiar de profesión y de lugar de residencia.
- Derecho a permanecer en Suiza al finalizar una actividad económica.
- Derecho de los miembros de su familia a ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su nacionalidad.
Trabajadores que pretenden ocupar un empleo de duración inferior a tres meses. 
El trabajador con un contrato de trabajo de duración inferior a tres meses no necesita permiso de trabajo.
Contrato superior a 4 meses pero inferior a 1 año.
 Permiso L.
El trabajador que obtenga un permiso de trabajo de duración inferior a un año podrá prorrogar el permiso de trabajo hasta alcanzar una duración total inferior a un año en la medida en que pruebe que puede ejercer una actividad económica.
Este trabajador podrá obtener un nuevo permiso de trabajo; su duración dependerá del nuevo contrato. En el periodo que dure la carencia de contrato el trabajador no está obligado a abandonar Suiza.
Existe la posibilidad de renovar indefinidamente el permiso de corta duración.
No obstante si un trabajador concertase varios contratos de una duración determinada con un mismo empresario, sin que exista una interrupción de la relación laboral y la duración total de los contratos fuese igual o superior a un año, podría considerarse que nos encontramos ante una situación de contratos en cadena de carácter abusivo; en este supuesto, la relación laboral debiera considerarse de carácter indefinido.
Si este fuera el caso, el trabajador tendría que recibir un permiso de residencia (B), de cinco años de duración y no un permiso de corta duración (L).

Contrato superior a 1 año o de duración igual. 
  Permiso B.
 Este permiso se prolongará automáticamente por un período de cinco años. Al ser renovado por primera vez, se podrá limitar su vigencia pero sin que pueda ser de una duración inferior a un año si el trabajador se encuentra en situación de desempleo involuntario por un período superior a 12 meses.
No obstante lo indicado anteriormente, en virtud de lo establecido en los acuerdos bilaterales firmados entre España y Suiza, los nacionales españoles que demuestren una residencia regular e ininterrumpida de cinco años en Suiza no necesitarán renovar el permiso B; podrán obtener un permiso de establecimiento (permiso C) si cumplen los requisitos.

Trabajadores autónomos.
El trabajador recibirá un permiso de residencia por una duración de cinco años en la medida en que pruebe a las Autoridades nacionales competentes que se ha establecido o quiere establecerse con este fin.
El permiso de trabajo y residencia se prorrogará automáticamente por un período de cinco años, como mínimo, en la medida que el trabajador pruebe a las Autoridades que ejerce una actividad por cuenta propia.
Para la expedición del permiso de trabajo sólo se podrá pedir el documento de identidad o pasaporte así como la prueba de que se ejerce una actividad por cuenta propia.
El permiso de residencia será válido en todo el territorio suizo.
El inicio de una actividad por cuenta propia requiere la creación de una empresa y su inscripción en el registro correspondiente. A la hora de extenderse el permiso, se tienen también en consideración los ingresos derivados de la actividad y el hecho de no solicitar ayuda social para satisfacer las necesidades básicas.

 Trabajadores Fronterizos.
El trabajador fronterizo es un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea que tiene su residencia en un país de la Unión Europea y que ejerce una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en Suiza, volviendo a su domicilio en principio, cada día, o como mínimo, una vez por semana.
El trabajador fronterizo recibirá un permiso de fronterizo (permiso G) si la duración de la actividad desempeñada en Suiza es superior a tres meses. Si la duración del empleo es inferior a un año, recibirá un permiso de trabajo (permiso G) de duración igual a la prevista en el contrato. Este permiso podrá prolongarse si el trabajador obtiene un nuevo contrato.
Si el contrato tiene una duración igual o superior a un año, o es de carácter indefinido, el trabajador fronterizo podrá recibir un permiso de cinco años de duración, que se prolongará también por períodos de cinco años en la medida en que el trabajador pruebe que ejerce una actividad económica.
El permiso de residencia extendido al trabajador fronterizo es válido para el conjunto del territorio suizo.
  
Derecho a permanecer en Suiza al finalizar la actividad económica.
Con independencia del derecho de residencia previsto para las personas que no ejercen una actividad económica, los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares tienen derecho a permanecer en Suiza al alcanzar la edad de jubilación si acreditan un período previo de residencia de tres años y de 12 meses de trabajo en el momento de solicitar la jubilación.
También tienen derecho a permanecer en Suiza los españoles que sufran una incapacidad permanente si hubieran residido en Suiza durante los dos años precedentes o que se encuentren permanentemente incapacitados por haber sufrido una enfermedad profesional o accidente y tengan derecho a una pensión del seguro suizo. Este mismo derecho lo tienen los familiares que conviven con el trabajador.
Condiciones para trabajar en Suiza. 
 1.- Siendo europeo puedes estar hasta 3 meses sin ningún permiso especial ni visa. Para estar más tiempo tienes que pedir permiso de residencia. Hay varios tipos de permisos (L, B, C y G), que dependen de si tienes trabajo, el tiempo de renovación etc.
2.- La sanidad en suiza es privada y obligatoria, así que hay que contratar un seguro privado en cuanto se llega a Suiza. Los seguro se componen de partes básica y premium, la básica es la obligatoria y es prácticamente la misma para todas las compañías, lael seguro premium es muy variable y existen diferentes tipos, cada uno con muchas coberturas.
3.- También hay que registrarse o empadronarse obligatoriamente en el cantón en el que vayas a vivir. Hace falta una dirección permanente para otros trámites que se vayan a realizar.