Para poder trabajar en Suiza puedes en primer lugar quedarte en el país
un tiempo determinado, según el país del que procedas, por lo que si
eres de España podrás permanecer 6 meses para encontrar un trabajo,
tiempo suficiente como para encontrar uno. A partir de entonces puedes
quedarte un tiempo determinado, según el permiso de trabajo que puedas
obtener, por lo que es básico poder conocer estos permisos y así saber
el tiempo que te está permitido quedarte trabajando en Suiza.
Después de los tres primeros meses debes pedir un permiso de trabajo
de tres meses y luego cuando consigas trabajo, podrás pedir un permiso
dependiendo del tiempo de duración del trabajo. Tienes el permiso L, que
es para trabajos que no duren más de 12 meses, por lo que es un tiempo
muy interesante para hacer trabajos temporales. También tienes el
Permiso B, que es para una duración de 1 año y lo puedes renovar hasta
en 5 años en total, que te da la posibilidad de estar mucho tiempo
trabajando.
También hay un permiso C, siempre y cuando vivas en Suiza trabajando
durante 5 años, por lo que ya el C es un permiso de trabajo y de
residencia, algo básico para muchas personas. Ya el permiso G sería
cuando no se hace todo el trabajo en Suiza, es un caso especial. Sin
duda el permiso C es el que más se da, porque muchas personas finalmente
permanecen en Suiza, siempre y cuando tengan un trabajo más o menos
fijo, algo que de momento es más complicado, pero posible.
Derecho a ejercer una actividad económica en Suiza
El 31 de mayo de 2007 concluyó el período transitorio hasta el cual
Suiza podía mantener contingentes de permisos de trabajo para nuevos
trabajadores procedentes de los países que inicialmente firmaron el
Acuerdo entre Suiza y la Unión Europea sobre la Libre Circulación de las
Personas (los ciudadanos nacionales de los países de: Bélgica,
Dinamarca, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia,
Luxemburgo, Holanda, Austria, Portugal, Finlandia, Suecia y Gran
Bretaña).
A partir de esta fecha se ha establecido la libre
circulación de las personas en los términos previstos en el Acuerdo de
manera que los trabajadores por cuenta propia o ajena que deseen ejercer
una actividad económica en Suiza gozan de los derechos vinculados a la
libre circulación de las personas establecidos en el Acuerdo, es decir,
de los siguientes:
- Derecho a entrar, residir y ejercer una actividad económica en Suiza.
- Derecho a la igualdad de trato con los nacionales por lo que se refiere al acceso a una actividad económica y a su ejercicio así como a las condiciones de vida, de empleo y de trabajo.
- Derecho a cambiar de profesión y de lugar de residencia.
- Derecho a permanecer en Suiza al finalizar una actividad económica.
- Derecho de los miembros de su familia a ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su nacionalidad.
Trabajadores que pretenden ocupar un empleo de duración inferior a tres meses.
El trabajador con un contrato de trabajo de duración inferior a tres meses no necesita permiso de trabajo.
Contrato superior a 4 meses pero inferior a 1 año.
Permiso L.
El trabajador que obtenga un permiso de trabajo de duración inferior a
un año podrá prorrogar el permiso de trabajo hasta alcanzar una
duración total inferior a un año en la medida en que pruebe que puede
ejercer una actividad económica.
Este trabajador podrá obtener un
nuevo permiso de trabajo; su duración dependerá del nuevo contrato. En
el periodo que dure la carencia de contrato el trabajador no está
obligado a abandonar Suiza.
Existe la posibilidad de renovar indefinidamente el permiso de corta duración.
No
obstante si un trabajador concertase varios contratos de una duración
determinada con un mismo empresario, sin que exista una interrupción de
la relación laboral y la duración total de los contratos fuese igual o
superior a un año, podría considerarse que nos encontramos ante una
situación de contratos en cadena de carácter abusivo; en este supuesto,
la relación laboral debiera considerarse de carácter indefinido.
Si
este fuera el caso, el trabajador tendría que recibir un permiso de
residencia (B), de cinco años de duración y no un permiso de corta
duración (L).
Contrato superior a 1 año o de duración igual.
Permiso B.
Este permiso se prolongará automáticamente por un período de cinco
años. Al ser renovado por primera vez, se podrá limitar su vigencia pero
sin que pueda ser de una duración inferior a un año si el trabajador se
encuentra en situación de desempleo involuntario por un período
superior a 12 meses.
No obstante lo indicado anteriormente, en
virtud de lo establecido en los acuerdos bilaterales firmados entre
España y Suiza, los nacionales españoles que demuestren una residencia
regular e ininterrumpida de cinco años en Suiza no necesitarán renovar
el permiso B; podrán obtener un permiso de establecimiento (permiso C)
si cumplen los requisitos.
Trabajadores autónomos.
El trabajador recibirá un permiso de residencia por una duración de
cinco años en la medida en que pruebe a las Autoridades nacionales
competentes que se ha establecido o quiere establecerse con este fin.
El
permiso de trabajo y residencia se prorrogará automáticamente por un
período de cinco años, como mínimo, en la medida que el trabajador
pruebe a las Autoridades que ejerce una actividad por cuenta propia.
Para
la expedición del permiso de trabajo sólo se podrá pedir el documento
de identidad o pasaporte así como la prueba de que se ejerce una
actividad por cuenta propia.
El permiso de residencia será válido en todo el territorio suizo.
El
inicio de una actividad por cuenta propia requiere la creación de una
empresa y su inscripción en el registro correspondiente. A la hora de
extenderse el permiso, se tienen también en consideración los ingresos
derivados de la actividad y el hecho de no solicitar ayuda social para
satisfacer las necesidades básicas.
Trabajadores Fronterizos.
El trabajador fronterizo es un nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea que tiene su residencia en un país de la Unión Europea y
que ejerce una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia en Suiza,
volviendo a su domicilio en principio, cada día, o como mínimo, una vez
por semana.
El trabajador fronterizo recibirá un permiso de
fronterizo (permiso G) si la duración de la actividad desempeñada en
Suiza es superior a tres meses. Si la duración del empleo es inferior a
un año, recibirá un permiso de trabajo (permiso G) de duración igual a
la prevista en el contrato. Este permiso podrá prolongarse si el
trabajador obtiene un nuevo contrato.
Si el contrato tiene una
duración igual o superior a un año, o es de carácter indefinido, el
trabajador fronterizo podrá recibir un permiso de cinco años de
duración, que se prolongará también por períodos de cinco años en la
medida en que el trabajador pruebe que ejerce una actividad económica.
El permiso de residencia extendido al trabajador fronterizo es válido para el conjunto del territorio suizo.
Derecho a permanecer en Suiza al finalizar la actividad económica.
Con independencia del derecho de residencia previsto para las
personas que no ejercen una actividad económica, los ciudadanos de la
Unión Europea y sus familiares tienen derecho a permanecer en Suiza al
alcanzar la edad de jubilación si acreditan un período previo de
residencia de tres años y de 12 meses de trabajo en el momento de
solicitar la jubilación.
También tienen derecho a permanecer en
Suiza los españoles que sufran una incapacidad permanente si hubieran
residido en Suiza durante los dos años precedentes o que se encuentren
permanentemente incapacitados por haber sufrido una enfermedad
profesional o accidente y tengan derecho a una pensión del seguro suizo.
Este mismo derecho lo tienen los familiares que conviven con el
trabajador.
Condiciones para trabajar en Suiza.
1.- Siendo europeo puedes estar hasta 3 meses sin
ningún permiso especial ni visa. Para estar más tiempo tienes que pedir
permiso de residencia. Hay varios tipos de permisos (L, B, C y G), que
dependen de si tienes trabajo, el tiempo de renovación etc.
2.- La sanidad en suiza es privada y obligatoria, así que hay que contratar un seguro privado en cuanto se llega a Suiza.
Los seguro se componen de partes básica y premium, la básica es la
obligatoria y es prácticamente la misma para todas las compañías, lael
seguro premium es muy variable y existen diferentes tipos, cada uno con
muchas coberturas.
3.- También hay que registrarse o empadronarse
obligatoriamente en el cantón en el que vayas a vivir. Hace falta una
dirección permanente para otros trámites que se vayan a realizar.